INTRODUCCIÓN
St. Barnabas Hospital y su personal medico entiende
que su información médica es privada y confidencial. Por
otra parte, la ley nos obliga a mantener la privacidad de la
"información médica protegida." "Información médica
protegida" incluye toda información identificable
individualmente que obtengamos de usted o de otras personas
y que esté relacionada con su estado físico o mental pasado,
presente o futuro, con la atención médica que haya recibido
o con el pago de su atención médica.
Conforme a lo requerido por la ley, esta notificación le
proporciona información sobre sus derechos y nuestros
deberes legales y prácticas de privacidad con respecto a la
privacidad de la información médica protegida. Esta
notificación también analiza los usos y divulgaciones que
haremos de su información médica protegida. Debemos cumplir
con las disposiciones vigentes de esta notificación, aunque
nos reservamos el derecho de cambiar los términos de la
misma de vez en cuando y de hacer que la notificación
revisada tenga vigencia para toda la información médica
protegida que mantenemos. Siempre podrá solicitar en el
Hospital una copia escrita de nuestra notificación de
privacidad más reciente, o podrá accederla en nuestro sitio
web en
www.stbarnabashopsital.org.
USOS Y DIVULGACIONES PERMITIDOS
Podemos usar o divulgar su información médica protegida con
fines de tratamiento, pago y operaciones relacionadas con
la atención médica. A continuación presentamos una
descripción y un ejemplo para cada una de estas categorías
de usos y divulgaciones. Sin embargo, no se incluirá todo
uso o divulgación particular en cada categoría.
1.
Tratamiento significa la prestación,
coordinación o manejo de su atención médica, incluidas las
consultas entre profesionales de la atención médica
relacionadas con su caso y las recomendaciones de atención
médica entre profesionales. Por ejemplo, un médico que le
esté tratando por una fractura de pierna podría necesitar
saber si usted tiene diabetes porque esta enfermedad puede
demorar el proceso de curación. Además, el médico podría
necesitar contactar a un fisioterapeuta para crear el
régimen de ejercicio adecuado para su tratamiento.
2.
Pago significa las actividades que emprendemos
para obtener el reembolso de la atención médica que le hemos
proporcionado, incluida la facturación, cobranza, gestión de
reclamaciones, determinaciones de elegibilidad y cobertura y
otras actividades de revisión de la utilización. Por ejemplo,
antes de prestar los servicios de atención médica, podríamos
necesitar dar información sobre su estado de salud a la
entidad que paga sus servicios médicos para determinar si el
curso propuesto de tratamiento estará cubierto. Cuando
posteriormente facturemos a la entidad que paga los
servicios médicos que le hemos proporcionado a usted, es
posible que proporcionemos a dicha entidad la información
relacionada con su atención médica si fuera necesario para
obtener el pago. La ley federal o estatal puede exigirnos
que obtengamos de usted un descargo de responsabilidad por
escrito antes de divulgar cierta información médica
protegida especialmente con fines de pago, y nosotros le
pediremos que firme una declaración de descargo de
responsabilidad cuando sea necesario al amparo de la ley
aplicable.
3.
Operaciones relacionadas con la atención médica
se refiere a las funciones de apoyo del Hospital
concernientes al tratamiento y al pago, tal
como las actividades de garantía de calidad, manejo de casos,
recepción de los comentarios y quejas de los pacientes y
respuesta a éstos, revisiones del médico, programas de
cumplimiento, auditorías, y actividades de planificación
comercial, desarrollo, manejo y administración. Por ejemplo,
podríamos utilizar la información protegida sobre su salud
para evaluar el desempeño de nuestro personal en lo
concerniente a su atención. También podemos combinar la
información médica de muchos pacientes para decidir qué
servicios adicionales deberíamos ofrecer, qué servicios no
se necesitan, y si ciertos tratamientos nuevos son eficaces.
Además podemos divulgar información a médicos, enfermeras,
técnicos, estudiantes de medicina y otras personas con fines
de examen y aprendizaje. Asimismo, podemos retirar
información que lo identifique en los datos del paciente
para que otras personas puedan utilizar la información sin
identificación para estudiar la atención médica y el
suministro de la misma sin enterarse de quién es usted.
OTROS USOS Y DIVULGACIONES DE INFORMACIÓN
MÉDICA PROTEGIDA
Además de utilizar y divulgar su información con fines de
tratamiento, pago y operaciones relacionadas con la atención
médica, podemos utilizar su información médica protegida de
las siguientes maneras:
1.
Podemos contactarlo(a) para recordarle citas de tratamiento
o de atención médica.
2.
Podemos contactarlo(a) para comunicarle o recomendarle
posibles tratamientos alternativos u otros beneficios y
servicios relacionados con la salud que podrían interesarle.
3.
Podemos divulgar a su familia o amigos o a algún otro
individuo identificado por usted la información médica
protegida relacionada directamente con la participación de
esas personas en su atención o con el pago de ésta. Podemos
usar o divulgar su información médica protegida para
notificar o ayudar en la notificación de un miembro de la
familia, un representante personal u otra persona
responsable de su cuidado, del lugar donde se encuentra
usted, su estado de salud general o su fallecimiento. Si
usted está presente o disponible de alguna otra forma, le
daremos una oportunidad de oponerse a estas divulgaciones, y
no divulgaremos la información si usted se opone. Si usted
no está presente o disponible de alguna otra forma,
determinaremos si una divulgación a su familia o amigos es
lo más aconsejable para usted, teniendo en cuenta las
circunstancias y basados en nuestra opinión profesional.
4.
Podemos incluir cierta información limitada sobre usted en
el directorio del Hospital mientras usted es un paciente del
mismo. Esta información puede incluir su nombre, ubicación
en el Hospital, su estado de salud general (es decir, bueno,
estable, etc.) y su afiliación religiosa. La información del
directorio, excepto por su afiliación religiosa, puede
comunicarse a personas que preguntan por usted por su nombre.
Su afiliación religiosa puede darse a un miembro del clérigo,
tal como un sacerdote o rabino, aun cuando no pregunten por
su nombre. Esto permitirá que sus familiares, amigos y
clérigos le visiten en el Hospital y se enteren en general
del estado de su salud. Usted tendrá la oportunidad de
solicitar que su información no se incluya en el directorio.
5.
Cuando esté permitido por la ley, podremos coordinar
nuestros usos y divulgaciones de la información médica
protegida a entidades públicas o privadas autorizadas por la
ley o por estatutos para asistir en esfuerzos de socorro en
caso de desastre.
6.
Permitiremos que su familia y amigos actúen en su nombre
para recoger prescripciones preparadas, suministros médicos,
radiografías y otras formas similares de información médica
protegida, cuando determinemos, a nuestro criterio
profesional, que hacer dichas divulgaciones es lo mejor para
usted.
7.
Sujeto a la ley aplicable, podremos hacer usos y
divulgaciones adicionales de la información médica protegida.
Los usos y divulgaciones adicionales serán subproductos de
usos o divulgaciones normalmente permitidos que son de
carácter limitado y que no pueden evitarse en situaciones
razonables.
8.
Podemos contactarlo(a) como parte de nuestros esfuerzos de
recaudación de fondos y marketing según lo permitido por la
ley aplicable.
9.
Podemos usar o divulgar su información médica protegida con
fines de investigación, sujeto a los requisitos de la ley
aplicable. Por ejemplo, un proyecto de investigación puede
requerir comparaciones de la salud y la recuperación de
todos los pacientes que recibieron un medicamento
particular. Todos los proyectos se investigación están
sujetos a un proceso de aprobación especial que compensa las
necesidades de la investigación con la necesidad de
privacidad del paciente. Cuando sea necesario, obtendremos
una autorización escrita de usted antes de utilizar la
información médica para la investigación.
10. Utilizaremos o divulgaremos la información médica
protegida sobre usted cuando así lo exija la ley aplicable.
Nota: En
conformidad con la ley aplicable, podremos divulgar la
información médica protegida a su empleador si se nos
contrata para conducir una evaluación relacionada con la
vigilancia médica de su lugar de trabajo o para evaluar si
usted tiene alguna enfermedad o lesión relacionada con el
trabajo. Su empleador o el Hospital le notificará de estas
divulgaciones si son requeridas por la ley aplicable.
SITUACIONES ESPECIALES
Sujeto a los requisitos de la ley aplicable, haremos los
siguientes usos y divulgaciones de su información médica
protegida:
1.
Donación de Órganos y Tejidos. Si usted es un donante
de órganos, podremos divulgar información médica a las
organizaciones que atienden la obtención de órganos o el
trasplante de órganos, ojos o tejidos o a un banco de
donación de órganos, según sea necesario para facilitar la
donación y el trasplante de órganos o tejidos.
2.
Militares y Veteranos. Si usted es miembro de las
Fuerzas Armadas, podremos divulgar su información médica
según lo requerido por las autoridades del mando militar.
Podremos también divulgar información médica del personal
militar extranjero a la autoridad militar extranjera
pertinente.
3.
Indemnización por Accidentes de Trabajo. Podremos
divulgar su información médica para programas que
proporcionan beneficios por lesiones o enfermedades
relacionadas con el trabajo.
4.
Actividades de Salud Pública. Podremos divulgar su
información médica en relación con actividades de salud
pública, incluidas divulgaciones:
(a) para prevenir o controlar enfermedades, lesiones o
discapacidades;
(b) para informar sobre nacimientos y fallecimientos;
(c) para denunciar abuso o negligencia de niños;
(d) a personas sujetas a la jurisdicción de la
Administración de Drogas y Alimentos (FDA) respecto de
actividades relacionadas con la calidad, seguridad o
eficacia de los productos o servicios reglamentados por la
FDA y para informar sobre reacciones a medicamentos o
problemas con productos;
(e) para notificar a una persona que podría haber estado
expuesta a una enfermedad o podría correr riesgo de contraer
o contagiar una enfermedad u otro problema de salud;
(f) para notificar a la autoridad gubernamental pertinente
si creemos que un paciente adulto ha sido víctima de abuso,
negligencia o violencia doméstica. Divulgaremos esto
solamente si el paciente está de acuerdo, o cuando sea
requerido o autorizado por la ley.
5.
Actividades de Supervisión de la Salud. Podremos
divulgar su información médica a las entidades federales o
estatales que supervisan nuestras actividades. Estas
actividades son necesarias para que el gobierno supervise el
sistema de atención médica, los programas de beneficios
gubernamentales y el cumplimiento con las leyes de derechos
civiles o las normas de los programas reglamentarios.
6.
Juicios y Disputas. Si usted está involucrado en un
juicio o en una disputa, podremos divulgar su información
médica en respuesta a una orden judicial o administrativa.
También podremos divulgar su información médica en respuesta
a una citación, orden de descubrimiento u otro proceso legal
iniciado por alguien que participe en la disputa, pero
solamente si el Hospital recibe garantías de que la persona
que formula la petición ha hecho todo lo posible por
comunicársela a usted o por obtener una orden de protección
de la información solicitada.
7.
Cumplimiento de la Ley. También podremos divulgar
información médica si nos lo pide un agente del orden
público:
(a) En respuesta a una orden judicial, citación, comprobante,
orden de arresto u otro proceso similar;
(b) Para identificar o ubicar a un sospechoso, fugitivo,
testigo esencial o persona que falta;
(c) Acerca de la víctima de un delito en ciertas
circunstancias limitadas;
(d) Acerca de un fallecimiento que consideramos puede
deberse a conducta delictiva;
(e) Acerca de conducta delictiva en nuestro establecimiento;
y
(f) En circunstancias de emergencia, para denunciar un
delito, la ubicación del delito o de las víctimas, o la
identidad, descripción o ubicación de la persona que cometió
el delito.
8.
Médicos Forenses, Examinadores Médicos y Directores de
Funerarias. Podremos divulgar su información médica a un
médico forense o examinador médico. Dichas divulgaciones
pueden ser necesarias, por ejemplo, para identificar a una
persona fallecida o determinar la causa del fallecimiento.
También podremos divulgar información médica de pacientes a
directores de funerarias según sea necesario para llevar a
cabo sus funciones.
9.
Actividades de Seguridad e Inteligencia Nacional.
Podremos divulgar su información médica a funcionarios
federales autorizados con fines de inteligencia,
contrainteligencia u otras actividades relacionadas con la
seguridad nacional, autorizadas por la ley.
10. Servicios Protectores del Presidente y de Otras
Personas. Podremos divulgar su información médica a
funcionarios federales autorizados a fin de que puedan
proteger al Presidente u otras personas autorizadas o jefes
de estado extranjeros o para que puedan realizar
investigaciones especiales.
11. Presos. Si usted está preso en una institución
correccional o bajo la custodia de un funcionario de las
fuerzas del orden público, podremos divulgar su información
médica a la institución correccional o al funcionario del
orden público. Esta divulgación sería necesaria (1) para que
la institución le proporcione atención médica; (2) para
proteger su salud y seguridad o la salud y seguridad de
otras personas; o (3) para la seguridad personal y material
de la institución correccional.
12. Amenazas Graves. Conforme a lo permitido por la
ley aplicable y las normas de conducta ética, podremos usar
y divulgar la información médica protegida si, de buena fe,
creemos que dicho uso o divulgación es necesario para
prevenir o disminuir una amenaza grave e inminente para la
salud o seguridad de una persona o del público o si es
necesario para que las autoridades del orden público
identifiquen o aprehendan a un individuo.
Nota: La
información relacionada con el VIH, la información genética,
los registros de alcoholismo y/o drogadicción, salud mental
y otra información médica protegida especialmente pueden
disfrutar de ciertas protecciones de confidencialidad
especial al amparo de la legislación federal y estatal. Las
divulgaciones de estos tipos de registros estarán sujetas a
estas protecciones especiales.
OTROS USOS DE SU INFORMACIÓN MÉDICA
Se
implementarán otros usos y divulgaciones de la información
médica protegida que no estén cubiertos por esta
notificación o por las leyes que se aplican a nosotros
solamente con su permiso mediante una autorización por
escrito. Usted tiene el derecho de revocar esa autorización
en cualquier momento, siempre que la revocación sea por
escrito, excepto en la medida en que hayamos tomado medidas
basándonos en su autorización.
SUS DERECHOS
13. Usted tiene el derecho de solicitar restricciones a
nuestros usos y divulgaciones de la información médica
protegida con fines de tratamiento, pago y operaciones
relacionadas con la atención médica. Sin embargo, no estamos
obligados a aceptar su petición. Para solicitar una
restricción, deberá presentar su petición por escrito al
Departamento de Historias Clínicas.
14. Usted tiene derecho de pedir, dentro de lo razonable,
que se le envíen comunicaciones de información médica
protegida confidenciales por medios alternativos o dirigidas
a lugares alternativos. Para formular una petición como ésta,
deberá presentar su petición por escrito al Departamento de
Historias Clínicas.
15. Usted tiene el derecho de inspeccionar y copiar la
información médica protegida que forma parte de sus
Historias Clínicas y de facturación y de otros registros del
Hospital utilizados por nosotros para tomar decisiones sobre
usted, excepto:
(a) para notas de psicoterapia, que son notas que se han
grabado por un profesional de salud médica a fin de
documentar o analizar el contenido de conversaciones durante
una sesión de orientación privada o en grupo, conjunta o
familiar y que se han separado del resto de su
historia clínica;
(b) para información compilada en anticipación razonable de
una acción o procedimiento civil, penal o administrativo, o
para usarla en éstos;
(c) para información médica protegida que involucre pruebas
de laboratorio cuando usted tiene el acceso restringido por
ley;
(d) si usted es un preso, es posible que no se le permita
libremente obtener una copia de la información de su salud
si se considera que pondría en peligro su salud, seguridad
personal, seguridad material, custodia o rehabilitación o la
de los demás presos, o la seguridad personal de algún
oficial, empleado u otra persona de la institución
correccional o personal responsable de su transporte;
(e) si obtenemos o creamos información médica protegida como
parte de un estudio de investigación, su acceso a la
información sobre su salud podría estar restringida durante
el transcurso de la investigación, siempre que usted haya
aceptado le denegación temporaria del acceso cuando
consintió en participar en la investigación;
(f) para la información médica protegida que forma parte de
los registros que mantiene una agencia o un contratista
federal cuando su acceso a dicha información está limitada
por ley; y
(g) para la información médica protegida obtenida de alguna
entidad diferente de nosotros bajo promesa de
confidencialidad cuando el acceso solicitado hubiera
revelado probablemente la fuente de la información.
A
fin de inspeccionar y copiar la información de su salud,
deberá presentar su petición por escrito al Departamento de
Historias Clínicas de nuestro Hospital. Si solicita una
copia de la información de su salud, podríamos cobrarle un
cargo por los costos de copiar y enviar sus registros por
correo, así como otros costos relacionados con su solicitud.
También podremos denegarle una petición de acceso a la
información médica protegida si:
(i)
un profesional de atención médica licenciado ha determinado,
en el ejercicio de su opinión profesional, que es
razonablemente probable que el acceso solicitado ponga en
peligro su vida o su seguridad física o la de otra persona;
(ii) la información médica protegida se refiere a otra
persona (salvo que dicha otra persona sea un proveedor de
atención médica) y un profesional licenciado de la atención
médica haya determinado, en el ejercicio de su opinión
profesional, que es razonablemente probable que el acceso
solicitado le cause considerable daño a dicha otra persona;
o
(iii) la solicitud de acceso es presentada por el
representante personal del individuo y un profesional
licenciado de la atención médica ha determinado, en el
ejercicio de su opinión profesional, que es razonablemente
probable que dar acceso a dicho representante personal le
cause considerable daño a usted o a otra persona.
Si
denegamos una solicitud de acceso por alguna de las tres
razones descritas anteriormente, entonces tendrá el derecho
de hacer revisar nuestra denegación en conformidad con los
requisitos de la ley aplicable.
(iv).Usted
tiene el derecho de solicitar una modificación de su
información médica protegida, pero podremos denegar su
petición de modificación, si determinamos que la información
médica protegida o el registro que es el objeto de la
petición:
(a) no fue creado por nosotros, salvo que usted proporcione
una base razonable para creer que el originador de la
información médica protegida ya no está disponible para
actuar en relación con la modificación solicitada;
(b) no forma parte de su historia clínica o de facturación o
de otros registros utilizados para tomar decisiones sobre
usted;
(c) no está disponible para inspección conforme a lo
especificado anteriormente; o
(d) es exacta y completa.
En
todo caso, toda modificación acordada se incluirá como algo
adicional y no como reemplazo de los registros ya existentes.
A fin de solicitar una modificación de su información médica,
deberá presentar su petición por escrito al Departamento de
Historias Clínicas de nuestro Hospital, junto con una
descripción del motivo de su petición.
(v)Usted
tiene el derecho de recibir una relación de nuestras
divulgaciones de la información médica protegida a
individuos o entidades diferentes de usted durante los seis
años previos a su petición, excepto en el caso de
divulgaciones:
(a) destinadas a realizar un tratamiento, pago y operaciones
relacionadas con la atención médica, como se ha indicado
anteriormente;
(b) secundarias respecto de un uso o divulgación por otra
parte permitido o requerido por la ley aplicable;
(c) en conformidad con una autorización escrita obtenida de
usted;
(d) para el directorio del Hospital o a personas
involucradas en su atención o para otros fines de
notificación conforme a lo prescrito por la ley;
(e) con fines de seguridad o inteligencia nacional conforme
a lo prescrito por la ley;
(f) a funcionarios de instituciones correccionales o agentes
del orden público conforme a lo prescrito por la ley;
(g) como parte de un conjunto de datos limitado conforme a
lo prescrito por la ley; o
(h) que ocurrieron antes del 14 de abril de 2003.
Para solicitar una relación de las divulgaciones de su
información médica, deberá presentar su petición por escrito
al Departamento de Historias Clínicas de nuestro Hospital.
Su petición debe especificar un período de tiempo para la
relación, (por ejemplo, los últimos tres meses). La primera
relación que usted solicite en un período de doce (12) meses
será gratis. Para otras relaciones, podremos cobrarle los
costos de proporcionar la lista. Le notificaremos los costos
involucrados, y usted podrá optar por retirar o modificar su
petición en esos momentos antes de incurrir en costos.
QUEJAS
Si
piensa que se han violado sus derechos de privacidad, deberá
contactar inmediatamente al Oficial a cargo de Privacidad de
la HIPAA en el Hospital llamando al (718) 960-5577.
No tomaremos medidas en su contra por el hecho de que
presente una queja. También podrá presentar una queja ante
el Secretario de Salud y Servicios Humanos
PERSONA DE CONTACTO
Si
tiene preguntas o quisiera más información acerca de esta
notificación, sírvase contactar al Oficial de Información de
la HIPAA, Departamento de Historias Clínicas, (718)
960-6255.
Esta notificación entra en vigencia el 14 de abril de 2003