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HIPAA

NOTIFICACIÓN DE PRIVACIDAD AL AMPARO DE LA LEY HIPAA

ESTA NOTIFICACIÓN CONJUNTA SE LE COMUNICA EN NOMBRE DEL ST.BARNABAS HOSPITAL Y SU PERSONAL MEDICO CON RESPECTO A LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS EN LAS DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL.  EATA NOTIFICACION DESCRIBE CÓMO PUEDE USARSE Y DIVULGARSE SU INFORMACIÓN MÉDICA PERSONAL Y CÓMO PUEDE TENER ACCESO A ESTA INFORMACIÓN. SÍRVASE LEERLA CON MUCHA ATENCIÓN.

 

INTRODUCCIÓN

 

St. Barnabas Hospital y su personal medico entiende que su información médica es privada y confidencial. Por otra parte, la ley nos obliga a mantener la privacidad de la "información médica protegida." "Información médica protegida" incluye toda información identificable individualmente que obtengamos de usted o de otras personas y que esté relacionada con su estado físico o mental pasado, presente o futuro, con la atención médica que haya recibido o con el pago de su atención médica.

 

Conforme a lo requerido por la ley, esta notificación le proporciona información sobre sus derechos y nuestros deberes legales y prácticas de privacidad con respecto a la privacidad de la información médica protegida. Esta notificación también analiza los usos y divulgaciones que haremos de su información médica protegida. Debemos cumplir con las disposiciones vigentes de esta notificación, aunque nos reservamos el derecho de cambiar los términos de la misma de vez en cuando y de hacer que la notificación revisada tenga vigencia para toda la información médica protegida que mantenemos. Siempre podrá solicitar en el Hospital una copia escrita de nuestra notificación de privacidad más reciente, o podrá accederla en nuestro sitio web en www.stbarnabashopsital.org.

 

USOS Y DIVULGACIONES PERMITIDOS

 

Podemos usar o divulgar su información médica protegida con fines de tratamiento, pago y operaciones relacionadas con la atención médica. A continuación presentamos una descripción y un ejemplo para cada una de estas categorías de usos y divulgaciones. Sin embargo, no se incluirá todo uso o divulgación particular en cada categoría.

 

1. Tratamiento significa la prestación, coordinación o manejo de su atención médica, incluidas las consultas entre profesionales de la atención médica relacionadas con su caso y las recomendaciones de atención médica entre profesionales. Por ejemplo, un médico que le esté tratando por una fractura de pierna podría necesitar saber si usted tiene diabetes porque esta enfermedad puede demorar el proceso de curación. Además, el médico podría necesitar contactar a un fisioterapeuta para crear el régimen de ejercicio adecuado para su tratamiento.

 

2. Pago significa las actividades que emprendemos para obtener el reembolso de la atención médica que le hemos proporcionado, incluida la facturación, cobranza, gestión de reclamaciones, determinaciones de elegibilidad y cobertura y otras actividades de revisión de la utilización. Por ejemplo, antes de prestar los servicios de atención médica, podríamos necesitar dar información sobre su estado de salud a la entidad que paga sus servicios médicos para determinar si el curso propuesto de tratamiento estará cubierto. Cuando posteriormente facturemos a la entidad que paga los servicios médicos que le hemos proporcionado a usted, es posible que proporcionemos a dicha entidad la información relacionada con su atención médica si fuera necesario para obtener el pago. La ley federal o estatal puede exigirnos que obtengamos de usted un descargo de responsabilidad por escrito antes de divulgar cierta información médica protegida especialmente con fines de pago, y nosotros le pediremos que firme una declaración de descargo de responsabilidad cuando sea necesario al amparo de la ley aplicable.

 

3. Operaciones relacionadas con la atención médica se refiere a las funciones de apoyo del Hospital concernientes al tratamiento y al pago, tal como las actividades de garantía de calidad, manejo de casos, recepción de los comentarios y quejas de los pacientes y respuesta a éstos, revisiones del médico, programas de cumplimiento, auditorías, y actividades de planificación comercial, desarrollo, manejo y administración. Por ejemplo, podríamos utilizar la información protegida sobre su salud para evaluar el desempeño de nuestro personal en lo concerniente a su atención. También podemos combinar la información médica de muchos pacientes para decidir qué servicios adicionales deberíamos ofrecer, qué servicios no se necesitan, y si ciertos tratamientos nuevos son eficaces. Además podemos divulgar información a médicos, enfermeras, técnicos, estudiantes de medicina y otras personas con fines de examen y aprendizaje. Asimismo, podemos retirar información que lo identifique en los datos del paciente para que otras personas puedan utilizar la información sin identificación para estudiar la atención médica y el suministro de la misma sin enterarse de quién es usted.

 

OTROS USOS Y DIVULGACIONES DE INFORMACIÓN MÉDICA PROTEGIDA

 

Además de utilizar y divulgar su información con fines de tratamiento, pago y operaciones relacionadas con la atención médica, podemos utilizar su información médica protegida de las siguientes maneras:

 

1. Podemos contactarlo(a) para recordarle citas de tratamiento o de atención médica.

 

2. Podemos contactarlo(a) para comunicarle o recomendarle posibles tratamientos alternativos u otros beneficios y servicios relacionados con la salud que podrían interesarle.

 

3. Podemos divulgar a su familia o amigos o a algún otro individuo identificado por usted la información médica protegida relacionada directamente con la participación de esas personas en su atención o con el pago de ésta. Podemos usar o divulgar su información médica protegida para notificar o ayudar en la notificación de un miembro de la familia, un representante personal u otra persona responsable de su cuidado, del lugar donde se encuentra usted, su estado de salud general o su fallecimiento. Si usted está presente o disponible de alguna otra forma, le daremos una oportunidad de oponerse a estas divulgaciones, y no divulgaremos la información si usted se opone. Si usted no está presente o disponible de alguna otra forma, determinaremos si una divulgación a su familia o amigos es lo más aconsejable para usted, teniendo en cuenta las circunstancias y basados en nuestra opinión profesional.

 

4. Podemos incluir cierta información limitada sobre usted en el directorio del Hospital mientras usted es un paciente del mismo. Esta información puede incluir su nombre, ubicación en el Hospital, su estado de salud general (es decir, bueno, estable, etc.) y su afiliación religiosa. La información del directorio, excepto por su afiliación religiosa, puede comunicarse a personas que preguntan por usted por su nombre. Su afiliación religiosa puede darse a un miembro del clérigo, tal como un sacerdote o rabino, aun cuando no pregunten por su nombre. Esto permitirá que sus familiares, amigos y clérigos le visiten en el Hospital y se enteren en general del estado de su salud. Usted tendrá la oportunidad de solicitar que su información no se incluya en el directorio.

 

5. Cuando esté permitido por la ley, podremos coordinar nuestros usos y divulgaciones de la información médica protegida a entidades públicas o privadas autorizadas por la ley o por estatutos para asistir en esfuerzos de socorro en caso de desastre.

 

6. Permitiremos que su familia y amigos actúen en su nombre para recoger prescripciones preparadas, suministros médicos, radiografías y otras formas similares de información médica protegida, cuando determinemos, a nuestro criterio profesional, que hacer dichas divulgaciones es lo mejor para usted.

 

7. Sujeto a la ley aplicable, podremos hacer usos y divulgaciones adicionales de la información médica protegida. Los usos y divulgaciones adicionales serán subproductos de usos o divulgaciones normalmente permitidos que son de carácter limitado y que no pueden evitarse en situaciones razonables.

 

8. Podemos contactarlo(a) como parte de nuestros esfuerzos de recaudación de fondos y marketing según lo permitido por la ley aplicable.

 

9. Podemos usar o divulgar su información médica protegida con fines de investigación, sujeto a los requisitos de la ley aplicable. Por ejemplo, un proyecto de investigación puede requerir comparaciones de la salud y la recuperación de todos los pacientes que recibieron un medicamento particular. Todos los proyectos se investigación están sujetos a un proceso de aprobación especial que compensa las necesidades de la investigación con la necesidad de privacidad del paciente. Cuando sea necesario, obtendremos una autorización escrita de usted antes de utilizar la información médica para la investigación.

 

10. Utilizaremos o divulgaremos la información médica protegida sobre usted cuando así lo exija la ley aplicable.

 

Nota: En conformidad con la ley aplicable, podremos divulgar la información médica protegida a su empleador si se nos contrata para conducir una evaluación relacionada con la vigilancia médica de su lugar de trabajo o para evaluar si usted tiene alguna enfermedad o lesión relacionada con el trabajo. Su empleador o el Hospital le notificará de estas divulgaciones si son requeridas por la ley aplicable.

 

SITUACIONES ESPECIALES

 

Sujeto a los requisitos de la ley aplicable, haremos los siguientes usos y divulgaciones de su información médica protegida:

 

1. Donación de Órganos y Tejidos. Si usted es un donante de órganos, podremos divulgar información médica a las organizaciones que atienden la obtención de órganos o el trasplante de órganos, ojos o tejidos o a un banco de donación de órganos, según sea necesario para facilitar la donación y el trasplante de órganos o tejidos.

 

2. Militares y Veteranos. Si usted es miembro de las Fuerzas Armadas, podremos divulgar su información médica según lo requerido por las autoridades del mando militar. Podremos también divulgar información médica del personal militar extranjero a la autoridad militar extranjera pertinente.

 

3. Indemnización por Accidentes de Trabajo. Podremos divulgar su información médica para programas que proporcionan beneficios por lesiones o enfermedades relacionadas con el trabajo.

 

4. Actividades de Salud Pública. Podremos divulgar su información médica en relación con actividades de salud pública, incluidas divulgaciones:

(a) para prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades;

(b) para informar sobre nacimientos y fallecimientos;

(c) para denunciar abuso o negligencia de niños;

(d) a personas sujetas a la jurisdicción de la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) respecto de actividades relacionadas con la calidad, seguridad o eficacia de los productos o servicios reglamentados por la FDA y para informar sobre reacciones a medicamentos o problemas con productos;

(e) para notificar a una persona que podría haber estado expuesta a una enfermedad o podría correr riesgo de contraer o contagiar una enfermedad u otro problema de salud;

(f) para notificar a la autoridad gubernamental pertinente si creemos que un paciente adulto ha sido víctima de abuso, negligencia o violencia doméstica. Divulgaremos esto solamente si el paciente está de acuerdo, o cuando sea requerido o autorizado por la ley.

 

5. Actividades de Supervisión de la Salud. Podremos divulgar su información médica a las entidades federales o estatales que supervisan nuestras actividades. Estas actividades son necesarias para que el gobierno supervise el sistema de atención médica, los programas de beneficios gubernamentales y el cumplimiento con las leyes de derechos civiles o las normas de los programas reglamentarios.

 

6. Juicios y Disputas. Si usted está involucrado en un juicio o en una disputa, podremos divulgar su información médica en respuesta a una orden judicial o administrativa. También podremos divulgar su información médica en respuesta a una citación, orden de descubrimiento u otro proceso legal iniciado por alguien que participe en la disputa, pero solamente si el Hospital recibe garantías de que la persona que formula la petición ha hecho todo lo posible por comunicársela a usted o por obtener una orden de protección de la información solicitada.

 

7. Cumplimiento de la Ley. También podremos divulgar información médica si nos lo pide un agente del orden público:

(a) En respuesta a una orden judicial, citación, comprobante, orden de arresto u otro proceso similar;

(b) Para identificar o ubicar a un sospechoso, fugitivo, testigo esencial o persona que falta;

(c) Acerca de la víctima de un delito en ciertas circunstancias limitadas;

(d) Acerca de un fallecimiento que consideramos puede deberse a conducta delictiva;

(e) Acerca de conducta delictiva en nuestro establecimiento; y

(f) En circunstancias de emergencia, para denunciar un delito, la ubicación del delito o de las víctimas, o la identidad, descripción o ubicación de la persona que cometió el delito.

 

8. Médicos Forenses, Examinadores Médicos y Directores de Funerarias. Podremos divulgar su información médica a un médico forense o examinador médico. Dichas divulgaciones pueden ser necesarias, por ejemplo, para identificar a una persona fallecida o determinar la causa del fallecimiento. También podremos divulgar información médica de pacientes a directores de funerarias según sea necesario para llevar a cabo sus funciones.

 

9. Actividades de Seguridad e Inteligencia Nacional. Podremos divulgar su información médica a funcionarios federales autorizados con fines de inteligencia, contrainteligencia u otras actividades relacionadas con la seguridad nacional, autorizadas por la ley.

 

10. Servicios Protectores del Presidente y de Otras Personas. Podremos divulgar su información médica a funcionarios federales autorizados a fin de que puedan proteger al Presidente u otras personas autorizadas o jefes de estado extranjeros o para que puedan realizar investigaciones especiales.

 

11. Presos. Si usted está preso en una institución correccional o bajo la custodia de un funcionario de las fuerzas del orden público, podremos divulgar su información médica a la institución correccional o al funcionario del orden público. Esta divulgación sería necesaria (1) para que la institución le proporcione atención médica; (2) para proteger su salud y seguridad o la salud y seguridad de otras personas; o (3) para la seguridad personal y material de la institución correccional.

 

12. Amenazas Graves. Conforme a lo permitido por la ley aplicable y las normas de conducta ética, podremos usar y divulgar la información médica protegida si, de buena fe, creemos que dicho uso o divulgación es necesario para prevenir o disminuir una amenaza grave e inminente para la salud o seguridad de una persona o del público o si es necesario para que las autoridades del orden público identifiquen o aprehendan a un individuo.

 

Nota: La información relacionada con el VIH, la información genética, los registros de alcoholismo y/o drogadicción, salud mental y otra información médica protegida especialmente pueden disfrutar de ciertas protecciones de confidencialidad especial al amparo de la legislación federal y estatal. Las divulgaciones de estos tipos de registros estarán sujetas a estas protecciones especiales.  

 

OTROS USOS DE SU INFORMACIÓN MÉDICA

 

Se implementarán otros usos y divulgaciones de la información médica protegida que no estén cubiertos por esta notificación o por las leyes que se aplican a nosotros solamente con su permiso mediante una autorización por escrito. Usted tiene el derecho de revocar esa autorización en cualquier momento, siempre que la revocación sea por escrito, excepto en la medida en que hayamos tomado medidas basándonos en su autorización.

 

SUS DERECHOS

 

13. Usted tiene el derecho de solicitar restricciones a nuestros usos y divulgaciones de la información médica protegida con fines de tratamiento, pago y operaciones relacionadas con la atención médica. Sin embargo, no estamos obligados a aceptar su petición. Para solicitar una restricción, deberá presentar su petición por escrito al Departamento de Historias Clínicas.

 

14. Usted tiene derecho de pedir, dentro de lo razonable, que se le envíen comunicaciones de información médica protegida confidenciales por medios alternativos o dirigidas a lugares alternativos. Para formular una petición como ésta, deberá presentar su petición por escrito al Departamento de Historias Clínicas.

 

15. Usted tiene el derecho de inspeccionar y copiar la información médica protegida que forma parte de sus Historias Clínicas y de facturación y de otros registros del Hospital utilizados por nosotros para tomar decisiones sobre usted, excepto:

(a) para notas de psicoterapia, que son notas que se han grabado por un profesional de salud médica a fin de documentar o analizar el contenido de conversaciones durante una sesión de orientación privada o en grupo, conjunta o familiar y que se han separado del resto de su historia clínica;

(b) para información compilada en anticipación razonable de una acción o procedimiento civil, penal o administrativo, o para usarla en éstos;

(c) para información médica protegida que involucre pruebas de laboratorio cuando usted tiene el acceso restringido por ley;

(d) si usted es un preso, es posible que no se le permita libremente obtener una copia de la información de su salud si se considera que pondría en peligro su salud, seguridad personal, seguridad material, custodia o rehabilitación o la de los demás presos, o la seguridad personal de algún oficial, empleado u otra persona de la institución correccional o personal responsable de su transporte;

(e) si obtenemos o creamos información médica protegida como parte de un estudio de investigación, su acceso a la información sobre su salud podría estar restringida durante el transcurso de la investigación, siempre que usted haya aceptado le denegación temporaria del acceso cuando consintió en participar en la investigación;

(f) para la información médica protegida que forma parte de los registros que mantiene una agencia o un contratista federal cuando su acceso a dicha información está limitada por ley; y

(g) para la información médica protegida obtenida de alguna entidad diferente de nosotros bajo promesa de confidencialidad cuando el acceso solicitado hubiera revelado probablemente la fuente de la información.

A fin de inspeccionar y copiar la información de su salud, deberá presentar su petición por escrito al Departamento de Historias Clínicas de nuestro Hospital. Si solicita una copia de la información de su salud, podríamos cobrarle un cargo por los costos de copiar y enviar sus registros por correo, así como otros costos relacionados con su solicitud.

También podremos denegarle una petición de acceso a la información médica protegida si:

(i) un profesional de atención médica licenciado ha determinado, en el ejercicio de su opinión profesional, que es razonablemente probable que el acceso solicitado ponga en peligro su vida o su seguridad física o la de otra persona;

(ii) la información médica protegida se refiere a otra persona (salvo que dicha otra persona sea un proveedor de atención médica) y un profesional licenciado de la atención médica haya determinado, en el ejercicio de su opinión profesional, que es razonablemente probable que el acceso solicitado le cause considerable daño a dicha otra persona; o

(iii) la solicitud de acceso es presentada por el representante personal del individuo y un profesional licenciado de la atención médica ha determinado, en el ejercicio de su opinión profesional, que es razonablemente probable que dar acceso a dicho representante personal le cause considerable daño a usted o a otra persona.

Si denegamos una solicitud de acceso por alguna de las tres razones descritas anteriormente, entonces tendrá el derecho de hacer revisar nuestra denegación en conformidad con los requisitos de la ley aplicable.

(iv).Usted tiene el derecho de solicitar una modificación de su información médica protegida, pero podremos denegar su petición de modificación, si determinamos que la información médica protegida o el registro que es el objeto de la petición:

(a) no fue creado por nosotros, salvo que usted proporcione una base razonable para creer que el originador de la información médica protegida ya no está disponible para actuar en relación con la modificación solicitada;

(b) no forma parte de su historia clínica o de facturación o de otros registros utilizados para tomar decisiones sobre usted;

(c) no está disponible para inspección conforme a lo especificado anteriormente; o

(d) es exacta y completa.

En todo caso, toda modificación acordada se incluirá como algo adicional y no como reemplazo de los registros ya existentes. A fin de solicitar una modificación de su información médica, deberá presentar su petición por escrito al Departamento de Historias Clínicas de nuestro Hospital, junto con una descripción del motivo de su petición.

(v)Usted tiene el derecho de recibir una relación de nuestras divulgaciones de la información médica protegida a individuos o entidades diferentes de usted durante los seis años previos a su petición, excepto en el caso de divulgaciones:

(a) destinadas a realizar un tratamiento, pago y operaciones relacionadas con la atención médica, como se ha indicado anteriormente;

(b) secundarias respecto de un uso o divulgación por otra parte permitido o requerido por la ley aplicable;

(c) en conformidad con una autorización escrita obtenida de usted;

(d) para el directorio del Hospital o a personas involucradas en su atención o para otros fines de notificación conforme a lo prescrito por la ley;

(e) con fines de seguridad o inteligencia nacional conforme a lo prescrito por la ley;

(f) a funcionarios de instituciones correccionales o agentes del orden público conforme a lo prescrito por la ley;

(g) como parte de un conjunto de datos limitado conforme a lo prescrito por la ley; o

(h) que ocurrieron antes del 14 de abril de 2003.

Para solicitar una relación de las divulgaciones de su información médica, deberá presentar su petición por escrito al Departamento de Historias Clínicas de nuestro Hospital. Su petición debe especificar un período de tiempo para la relación, (por ejemplo, los últimos tres meses). La primera relación que usted solicite en un período de doce (12) meses será gratis. Para otras relaciones, podremos cobrarle los costos de proporcionar la lista. Le notificaremos los costos involucrados, y usted podrá optar por retirar o modificar su petición en esos momentos antes de incurrir en costos.

 

QUEJAS

 

Si piensa que se han violado sus derechos de privacidad, deberá contactar inmediatamente al Oficial a cargo de Privacidad de la HIPAA en el Hospital llamando al (718) 960-5577. No tomaremos medidas en su contra por el hecho de que presente una queja. También podrá presentar una queja ante el Secretario de Salud y Servicios Humanos

 

PERSONA DE CONTACTO

 

Si tiene preguntas o quisiera más información acerca de esta notificación, sírvase contactar al Oficial de Información de la HIPAA, Departamento de Historias Clínicas, (718) 960-6255.

Esta notificación entra en vigencia el 14 de abril de 2003

 
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